Es noticia:

Consumo acaba con las normas absurdas de Ryanair

El Ministerio de Consumo toma acción contra Ryanair y otras aerolíneas de bajo coste

El Ministerio de Consumo ha iniciado una acción sancionatoria contra varias aerolíneas de bajo coste, entre las que se incluye Ryanair, debido a la práctica de cobrar por el equipaje de mano. Esta medida, que ha generado controversia y frustración entre los consumidores, ha estado en el centro de atención durante los últimos dos años, tras una denuncia presentada por la asociación de consumidores Facua.

La acusación se centra no solo en el cobro del equipaje de mano, sino también en otros dos puntos críticos: la prohibición de pagos en efectivo en los aeropuertos y la imposición de una tarifa adicional para menores y personas dependientes para viajar junto a sus acompañantes. El debate sobre el consumo Ryanair se ha intensificado, lo que ha llevado a un análisis más profundo de las políticas de estas compañías aéreas de bajo coste.

Pasajero caminando con su maleta, evocando la política de consumo de Ryanair.
Pasajero con su maleta, un recordatorio visual de los debates sobre las políticas de consumo de Ryanair.

Qué dicen las leyes sobre este consumo Ryanair

La denuncia de Facua se basa en que el cobro del equipaje de mano infringe tanto la legislación del sector aéreo como la de defensa del consumidor. Según la Ley de Navegación Aérea, “el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo“, salvo por razones de seguridad.

Además de lo anterior, el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, establece como abusivas todas las cláusulas que “limiten los derechos del consumidor y usuario” o “resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato”, entre otras cosas.

Las aerolíneas y su defensa

Por su parte, las aerolíneas, entre ellas Ryanair, sostienen que sus tarifas están protegidas por el Reglamento CE 1008/2008, que liberalizó completamente los precios en el sector del transporte. Esta argumentación pone de relieve la complejidad del asunto y la necesidad de mayor claridad en las regulaciones.

El Ministerio ha emitido un comunicado en el que recuerda que estas infracciones pueden ser consideradas como graves o muy graves, con multas que oscilan entre los 10.001 y 1.000.000 euros. Además, si el beneficio obtenido superara dichas cantidades, las sanciones podrían alcanzar hasta entre cuatro y ocho veces el beneficio ilícito.

aceite oliva corte inglés